Con fecha 9 de Junio del
2015, el Jurado Nacional de Elecciones recepcionó la solicitud presentada por
la ciudadana Ladis Álvarez Rojas, asignándole al expediente, el N°
J-2015-00170-TO1, en la que se solicita la vacancia de la alcaldesa de la
Municipalidad Provincial de Huaral y 5 regidores.
Se argumenta como causal de
infracción, las restricciones de contratación previstas en el Art. 22 numeral
9, concordante con el Art. 63, de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972.
Los 5 regidores inmersos en
esta solicitud de vacancia son: Julio Riquelme Vilca, Claudia La Rosa Coca,
César Flores Estrada, Pedro Bazán Pizarro y Ligia Changana Solís.
FUNDAMENTO
DE HECHO
Según la solicitante de la vacancia la municipalidad
provincial de Huaral habría realizado una irregular contratación con la empresa
Aceros y Afines SAC con RUC N°
20571548535, propiedad de Lolo Cañamero, para los servicios de reparación
de la compresora de aire del camión compactador EGB – 518.
La maquinaria pesada habría sido hallada en
un camal de pollos –en la urbanización Las Flores- y no en taller de mecánica.
El local no contaría con la infraestructura básica
para que funcione como taller de mecánica.
En su defensa la alcaldesa de Huaral Ana
Kobayashi dijo, “Lo que si he conversado con lolo, con el señor cañamero. Es que donde
ha estado el camión compactador no es un lugar donde se pela pollos como se ha
dicho en los medios de prensa. Él está adecuando ese local para hacer una mecánica…Si
antes funcionaba una avícola hoy se está adecuando”.
La empresa ACEROS OXIGENOS Y AFINES SAC sospechosamente se habría inscrito en
el registro nacional de proveedores del OSCE un día antes de celebrarse la
contratación para el servicio de reparación del vehículo pesado.
“La empresa se inscribe el 15 de enero del 2015 al OSCE un día antes de presentar su
proforma y con fecha de 16 de enero gana el contrato”, sustenta
la solicitante de la vacancia.
Además Ladis Álvarez, fundamenta su pedido de
vacancia amparado en que la máxima autoridad municipal de acuerdo al artículo
6° de la Ley Orgánica de Municipalidades, es responsable directa o
indirectamente, por la regularidad de los contratos sobre bienes y servicios
que celebra el municipio que representa, debiendo velar en los mismos por los
intereses de la comuna.
No pudiendo, en consecuencia, intervenir
favoreciendo a terceros en contra de los bienes municipales, lo cual transgrede
lo dispuesto en el artículo 20° de la LOM.
Lolo
cañamero por el aparente servicio de reparación del camión compactador
ha cobrado la suma de S/. 83.551.50
nuevos soles.
VACANCIA
A REGIDORES
Tras el escándalo de indicios irregulares los
regidores Marcos Reyes Hurtado y Zenón Bravo Baldeón solicitaron información
sobre la amañada contratación de servicios mecánicos en la sesión de concejo el
30 de enero del presente año.
Sin embargo a pesar de las irregularidades
los regidores Julio Riquelme Vilca, Claudia La Rosa Coca, Cesar Flores Estrada,
Pedro Bazán Pizarro Y Ligia Changana Solís, votaron en contra del pedido de
información para esclarecer sobre los cuestionamientos del contrato.
Quedando de la siguiente manera las
votaciones SEIS a FAVOR de aprobar la solicitud de información para fines de
fiscalización y CINCO REGIDORES
en proceso de vacancia VOTARON EN CONTRA.
DATO:
Lolo cañamero cumplió el rol de jefe de
campaña en las pasadas elecciones municipales del 2014 a cargo del Movimiento
regional ‘La Familia’ por la que postuló la actual alcaldesa Ana Kobayashi y
sus regidores del oficialismo.