martes, 12 de septiembre de 2017

CONGRESISTAS CON EL PRETEXTO DE LA REFORMA ELECTORAL BUSCAN ELIMINAR MOVIMIENTOS PROVINCIALES Y DISTRITALES


Las organizaciones políticas de alcance regional o departamental podrán participar en los procesos de elecciones regionales o municipales, siempre que estén inscritas en el Registro de Organizaciones Políticas y la relación de adherentes debe ser en un número no menor del cinco por ciento (5%) de los ciudadanos que sufragaron en las últimas elecciones generales.

La disposición forma parte del dictamen aprobado por mayoría (10 a favor 2 en contra) por la Comisión de Constitución en su sesión del martes 12. El texto aprobado modifica el Título III y el artículo 17 de la Ley 28094, de Organizaciones Políticas.

Precisa la iniciativa que el porcentaje del 5% será dentro de la circunscripción en la que la organización política de alcance regional o departamental desarrolle sus actividades y pretenda presentar solicitudes de inscripción de fórmulas o listas de candidatos.

Las actas de constitución de comités deben estar suscritas por no menos de 50 afiliados debidamente identificados y previa suscripción de una declaración jurada.

El objetivo de esta propuesta –presentada multipartidariamente es que las organizaciones políticas de alcance regional o departamental incrementen sus posibilidades de triunfo en un proceso electoral o, por lo menos, de obtención de un grado de representación en organismos públicos representativos, así como mejorar los niveles de representatividad y legitimidad democrática a nivel local.

Sobre el tema, la congresista Marisa Glave dijo que se trataba de un tema de reforma electoral y por lo tanto debería ser, con otros temas vinculados, debatido íntegramente y no en forma parcial. Ese es el tema de fondo. Estuvo de acuerdo con que existan organizaciones políticas departamentales sólidas, pero el porcentaje propuesto era muy bajo.

La congresista Rosa Bartra opinó que el debate era pertinente y que las leyes no son para cambiar la realidad (de las organizaciones políticas), sino que regula la realidad. Dijo que no era pertinente eliminar los movimientos regionales.


Javier Velásquez Quesquén manifestó que se trataba de un proyecto de desarrollo constitucional del artículo 35 (sobre participación ciudadana en organizaciones políticas), pero debería haber mayores controles sobre ellas; mientras que Gilbert Violeta expresó que eliminar los movimientos distritales –por su avance político- era un avance en la reforma. 

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