La
situación legal del Alcalde distrital de Paramonga, Fernando Alvarado entró en
cuidados intensivos. Y es que pedido de vacancia presentado por el vecino Pablo
Ramírez Zaldívar por tener una sentencia vigente por el delito contra el
patrimonio en la modalidad de estafa, consentida y ejecutoriada no es cosa de
juego.
Hoy
muy valiente convocó a sesión de concejo extraordinario que tuvo como único
punto en agenda dicho pedido, pero cuando se pensaba que el Tte. Alcalde iba a
presidir la sesión, el alcalde Alvarado designó al regidor de la oposición
Miguel Espíritu, quien hizo un triste y patético papelón.
MATONES
IMPIDIERON INGRESO DE VECINO QUE PIDIÓ VACANCIA
El ciudadano que presentó el pedido de vacancia contra
Alvarado, fue impedido de ingresar a la sesión por energúmenos matones
presumiblemente contratados por el alcalde, por lo que no pudo sustentar su
pedido tal como lo establece la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972.
Según la Ley el cargo de alcalde se declara vacante por
el concejo municipal, si la autoridad ha incurrido en alguna de las diez
causales establecidas en el artículo 11º o 22º de la Ley Orgánica de
Municipalidades y el que solicita la vacancia cumple con presentar la
documentación probatoria requerida por cada una de las causales.
CONCEJO
MUNICIPAL DEBÍA DECLARAR VACANCIA DE ALVARADO
La vacancia es declarada por el correspondiente Concejo
Municipal o Regional, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal
de sus miembros, previa notificación del afectado para que ejerza su derecho de
defensa.
El acuerdo de concejo que declara o rechaza la vacancia
municipal es susceptible de recurso de reconsideración, a solicitud de parte,
dentro del plazo de 15 días hábiles perentorios ante el respectivo concejo
municipal.
El acuerdo que resuelve el recurso de reconsideración es
susceptible de apelación. El recurso de apelación se interpone, a solicitud de
parte, ante el concejo municipal que resolvió el recurso de reconsideración
dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes, el cual elevará los actuados
en el término de 3 (tres) días hábiles al Jurado Nacional de Elecciones, que
resolverá en un plazo máximo de 30 (treinta) días hábiles.
REGIDORES
SOLICITAN UN MES PARA “ESTUDIAR” EL PEDIDO DE VACANCIA.
Por lo tanto, con lo acordado el día de hoy en que se
convocara a otra sesión de consejo edil en un mes, la agonía de Alvarado se
alargara unos meses más, aunque ya su suerte está echada, a pesar de la
protesta de sus ‘ayayeros’ que hoy se hicieron presente con portátil incluida.
ESTOS SON LOS REGIDORES
PERIODO 2015 - 2018
1.
Lee Mandtec Fu Alarcón (APP)
2.
Liliana Aurora Alvarez Poemape (APP)
3.
Jack Marlon Jara Reyes (APP)
4.
William Alfonso Robles Vega (APP)
5.
Miguel Ángel Espíritu Villanueva (La Familia)
Fuente:ElCazador.